
martes, 15 de junio de 2010
Alienación en el menú doméstico

Algo sumamente preocupante sucede en materia de derechos humanos en el Perú

IDL denuncia: Inconstitucional delegación de facultades legislativas al ejecutivo en materia de: código de justicia militar, ley de uso de la fuerza y violaciones de derechos humanos
1. Si bien la Constitución admite excepcionalmente la delegación de facultades legislativas al Ejecutivo por parte del Parlamento, es preocupante que se haya convertido en regla general en estas materias tan sensibles, que pueden afectar los derechos fundamentales y el Estado de Derecho. Mucho más grave aún es el hecho que la delegación haya sido aprobado por tan estrecho margen de votación (43 votos a favor, 40 en contra y 4 abstenciones).
2. Sobre el Código de justicia militar y policial (Decreto Legislativo Nº 961), no es cierto que exista la necesidad de adecuarlo a las sentencias del Tribunal Constitucional, pues éste ya lo adecuó al marco constitucional en el año 2006 mediante una sentencia emitida en el Expediente Nº 0012-2006-PI/TC, que declaró inconstitucionales varios artículos de dicho Código, “adelgazándolo” y adecuándolo a la Constitución. Por ende, un nuevo Código de justicia militar policial es una exigencia del Tribunal Supremo de Justicia Militar y no del Tribunal Constitucional.
3. Sobre la Ley de uso de la fuerza letal por parte del personal militar (Ley Nº 29166), si bien es cierto que el Tribunal Constitucional exhortó al Parlamento a modificarla mediante sentencia emitida el septiembre del 2009 en el Expediente Nº 0002-2008-PI/TC, pues declaró inconstitucionales algunos de sus artículos, consideramos que esta materia no debió ser delegada ya que podría afectar derechos fundamentales como la vida e integridad física cuando el personal militar haga uso de su armamento. Por ende, debió ser el Parlamento y no el Ejecutivo el que cumpla la exhortación del TC.
4. Sobre las normas procesales y penitenciarias relacionadas al personal militar y policial que han sido procesados o condenados por delitos que implican violación a derechos humanos, esta es una materia que claramente excede la propia solicitud de delegación de facultades del Poder Ejecutivo y un contrabando muy peligroso, pues abre la puerta para que el Gobierno apruebe indebidos beneficios penitenciarios para las personas condenadas por violaciones de derechos humanos o beneficios penales para las personas que vienen siendo procesadas por estos delitos. En otras palabras, abre la puerta para una posible “ley de amnistía” encubierta.En consecuencia, exhortamos al Parlamento a que reconsidere esta delegación legislativa aprobada el día de ayer, de lo contrario, constituirá una grave afectación a la Constitución y a los compromisos internacionales de nuestro país en materia de derechos humanos.
Lima, 11 de Junio del 2010
miércoles, 9 de junio de 2010
Pluralismo jurídico efectivamente reconocido


Hay quien teme que la medida estimule los linchamientos.
clLo mismo ocurrió en esta oportunidad en el Congreso con la promulgación de la Ley del Órgano Judicial.
La BBC informa del siguiente modo:
Bolivia legaliza la justicia indígena
La cámara baja del Congreso boliviano aprobó una ley que les da a los pueblos indígenas el derecho a administrar justicia de forma autónoma y según sus propios valores y costumbres.
La medida hace efectivo uno de los principales cambios contemplados en las reformas constitucionales aprobadas por un referéndum en enero de 2009.
La nueva Carta Magna define a Bolivia como un Estado plurinacional y les otorga más poder a las 36 comunidades indígenas del país.
Según el gobierno boliviano, la mayor parte de la población indígena percibe a la justicia ordinaria como corrupta y racista.
La oposición, sin embargo, teme que la medida pueda estimular castigos colectivos como linchamientos y lapidaciones, que se han vuelto más comunes en los últimos años.
Sólo el mes pasado, cuatro policías fueron linchados en una comunidad andina, que justificó el acto en nombre de la justicia comunitaria. Las autoridades aún están buscando a los responsables.
Problema de competencias
La polémica en torno de la justicia indígena ha sido muy similar a la que precedió a la aprobación de la nueva Constitución.
El borrador de la Carta Magna, refrendado en una votación popular, fue aprobado en asamblea constituyente en ausencia de la oposición.
Al mismo tiempo, aunque la discusión sobre las reformas estuvo centrada en el tema de la reelección presidencial, en su momento algunos críticos también afirmaron que las nuevas disposiciones podían generar conflictos de competencias con las autoridades ya establecidas.
Ése fue también uno de los principales reclamos de la oposición a la nueva ley, que no establece si la justicia indígena se aplicará sólo en el caso de delitos menores, como disputas por tierras, o también en crímenes como el homicidio y el narcotráfico.
El Congreso tiene, sin embargo, un plazo de 180 días para aprobar otra norma, la de de "deslinde jurisdiccional", que deberá precisar los campos de acción de las justicias ordinaria y comunitaria.
Varios analistas han apuntado que en Bolvia, país en el que el 60% de los habitantes se identifican a sí mismos como indígenas, los dos sistemas han coexistido desde siempre.
lunes, 7 de junio de 2010
La desconfianza absoluta como realización del sueño criollo
miércoles, 2 de junio de 2010
Dos artículos sobre la reacción ciudadana por la liberación de Lori Berenson

Ricardo Vásquez Kunze

Carlos Reyna
Hay una paradójica mezcla de lo racional y lo irracional en las diversas reacciones frente a la liberación de Lori Berenson, ex integrante del MRTA.
El fallo liberador de la jueza parece tener fundamentos legales difíciles de cuestionar. Se habrían cumplido todos los requisitos para que ella resuelva de ese modo. Lo han admitido, entre otros, el presidente de la Corte Suprema, el actual ministro de Justicia, y el anterior titular del cargo.
Un examen razonable del caso Berenson mostraría que sería sincera su admisión de culpa por haberse vinculado al MRTA. Igual, su decisión de hacer una vida en paz, priorizando a su hijo y a su familia. No es raro este tipo de rectificación en ex integrantes de grupos políticos armados, incluso de sus más altos rangos.
Veteranos ex guerrilleros ahora son parte de gobiernos moderados en Uruguay y El Salvador, o han sido congresistas y gobernadores en Colombia. Dos ex jefes de los Montoneros argentinos fueron, después, un profesor de economía y un funcionario de la empresa Bunge & Born.
Del MRTA no se sabe nada hace tiempo. Decenas de ex miembros del grupo se han dedicado a la actividad legal, incluso política en varios casos. Al no haber sido celebridades de la guerrilla, se liberaron de la repulsa vecinal. Pero Lori Berenson, que no fue importante en el MRTA, sí ha sido notoria.
El rechazo a la liberación de Berenson, pese a que pueda ser explicable, ha tenido expresiones de poca razón. Un terrorista siempre es terrorista, hueles a sangre, han gritado algunos congregados frente a su casa. Como eco de la calle, varios narradores de noticias la han seguido llamando terrorista. Políticos, prestos a pescar simpatías, se han desgarrado las ropas.
El politiquero busca votos nada más. El amarillismo visual o impreso solo busca vender. La gente de la vecindad tiene temor.
Poder, dinero y miedo con frecuencia dan lugar a la irracionalidad. SL y el MRTA buscaron poder por la violencia, aportando bastante al clima irracional que produjo tanto infierno.
El miedo de la gente también tiene un fundamento racional: el deseo de vivir en paz, la disposición a mantener el barrio en calma, aunque no puedan o no quieran ver que el país o Lima siguen siendo muy violentos, con Berenson o sin ella.
El sueño cubano: ¿Turista?
